Prima de Navidad. El personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional en servicio activo tendrá derecho a percibir anualmente del Tesoro Público una Prima de Navidad equivalente a la totalidad de los haberes devengados en el mes de noviembre, de acuerdo con su grado o cargo.
Cuando el Oficial o Suboficial se encuentre en comisión del servicio en el exterior, con permanencia no inferior a veinte (20) días en el mes de diciembre, la Prima- de Navidad será del treinta por ciento (30%) del sueldo básico del grado en dólares a razón de un dólar por cada peso, y la diferencia será pagada en pesos colombianos.