Subdirección de Procedimientos Correctivos . Son funciones de la Subdirección de Procedimientos Correctivos, las siguientes
Formular los criterios y estrategias para priorizar el ejercicio de la función correctiva por presuntas irregularidades en la utilización y manejo de recursos del Fondo Nacional de Regalías, de regalías y compensaciones. Para tal efecto, diseñará metodologías y estándares que propendan por la protección efectiva de los recursos y el interés público y que garanticen el debido proceso y los principios de eficiencia, celeridad y economía en la actuación administrativa.
Evaluar los reportes o informes sobre presuntas irregularidades en la utilización y manejo de recursos del Fondo Nacional de Regalías, de regalías y compensaciones.
Impulsar y sustanciar el procedimiento administrativo correctivo reglamentado en el Decreto 620 de 1995 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, tendiente a verificar la comisión de irregularidades en la utilización y manejo de recursos del Fondo Nacional de Regalías, de regalías y compensaciones, así como a aplicar los mecanismos correctivos previstos en los artículos 10 de la Ley 141 de 1994, 5° de la Ley 756 de 2002 y demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Elaborar y expedir los actos administrativos de trámite o preparatorios correspondientes al procedimiento correctivo reglamentado en el Decreto 620 de 1995 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Someter a consideración del Director General, por conducto de la Oficina Asesora Jurídica, los informes finales de la actuación correctiva y las respectivas propuestas de actos administrativos para la aplicación de los mecanismos correctivos previstos en los artículos 10 de la Ley 141 de 1994, 5° de la Ley 756 de 2002 y demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Efectuar los reportes a los órganos de control derivados de la inobservancia de la normatividad disciplinaria, fiscal o penal en la utilización y manejo de recursos del Fondo Nacional de Regalías, de regalías y compensaciones y compulsar copias de los actos administrativos mediante los cuales se ordene la aplicación de los mecanismos correctivos previstos en los artículos 10 de la Ley 141 de 1994, 5° de la Ley 756 de 2002 y demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Absolver las consultas y los derechos de petición relacionados con los asuntos de su competencia.
Las demás que le sean asignadas.