Micelio

Artículo 6

Como Lo Señalan Los Artículos 204 De La Ley 100 De 1993 Y 18 De La Ley 797 De 2003, La Cotización A Los Sistemas Generales De Pensiones Y De Seguridad Social En Salud Deberá Efectuarse Sobre El Mismo Ingreso Base De Cotización

Decreto 129 de 2010 · por medio del cual se adoptan medidas en materia de control a la evasión y elusión de cotizaciones y aportes al sistema de la protección social, y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como lo señalan los artículos 204 de la Ley 100 de 1993 y 18 de la Ley 797 de 2003, la cotización a los sistemas generales de pensiones y de seguridad social en salud deberá efectuarse sobre el mismo Ingreso Base de Cotización. Toda persona que esté obligada a cotizar al sistema general de seguridad social y efectúe aportes voluntarios a fondos de pensiones deberá acreditar la afiliación y los pagos obligatorios a los sistemas generales de salud y pensiones. Esta obligación se cumplirá de acuerdo con la reglamentación que al efecto expida el Gobierno Nacional.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 6º. Como lo señalan los artículos 204 de la Ley 100 de 1993 y 18 de la Ley 797 de 2003, la cotización a los sistemas generales de pensiones y de seguridad social en salud deberá efectuarse sobre el mismo Ingreso Base de Cotización. Toda persona que esté obligada a cotizar al sistema general de seguridad social y efectúe aportes voluntarios a fondos de pensiones deberá acreditar la afiliación y los pagos obligatorios a los sistemas generales de salud y pensiones. Esta obligación se cumplirá de acuerdo con la reglamentación que al efecto expida el Gobierno Nacional.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2010
    C-291/10ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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