Micelio

Artículo 1

Decreto 806 de 2002 · por el cual se fijan gravámenes arancelarios a importaciones procedentes y originarias de la República de Chile.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las importaciones de los productos clasificados en la subpartida arancelaria 2204.21.00.00, procedentes y originarios de la República de Chile, pagarán un gravamen arancelario del 20%.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 806 de 2002