Enfoques. Los enfoques que rigen el Programa de Reincorporación Integral son los definidos en el artículo 2.3.2.5.1.7. del presente decreto.
Para la implementación e interpretación del Programa de Reincorporación Integral se tendrá como categoría de análisis la interrelación entre los enfoques; en especial, el de género, étnico, curso de vida, y territorial, para comprender las necesidades, intereses y barreras que viven los sujetos y colectivos en reincorporación y sus grupos familiares, así como para el diseño e implementación de los planes, programas y proyectos que se deriven de este. De igual manera, en dicha implementación se tendrán en cuenta la existencia de sistemas de discriminación como el sexismo, el racismo, el capacitismo y el clasismo. La utilización de enfoques diferenciales e interseccionales buscará contribuir al cierre de brechas para sujetos y colectivos en reincorporación, en el acceso y goce efectivo de derechos de mujeres, personas mayores, jóvenes, población étnica, personas con discapacidad, población OSIGD, igual que con los niños, niñas y adolescentes que integran sus grupos familiares.