Micelio

Artículo 1

De La Competencia Para Presentar Candidatos De Los Empleadores Para Conformar El Consejo Directivo Del Instituto De Seguros Sociales

Decreto 120 de 1993 · por la cual se reglamenta el artículo 8° del Decreto número 2148 de diciembre 30 de 1992, sobre integración del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, ISS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la competencia para presentar candidatos de los empleadores para conformar el Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales. Para la escogencia de los representantes de los empleadores que conforman el Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, las organizaciones gremiales que se citan a continuación deben presentar al Presidente de la República, para cada período, sendas ternas de candidatos, así: Asociación Nacional de Industriales; Asociación Colombiana Popular de Industriales; Federación Nacional de Comerciantes; Sociedad de Agricultores de Colombia; Cámara Colombiana de la Construcción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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