Registro de cesión, licencias de uso, cambio de domicilio y de nombre del titular de la marca. Además de cumplir los requisitos indicados en el artículo anterior que resulten pertinentes, al momento de su presentación ante la Superintendencia de Industria y Comercio, se deberá acompañar copia auténtica del documento en que conste la cesión, la licencia de uso, el cambio de nombre o de domicilio, según fuere el caso.
Decreto 575 de 1992 →Vigente
Artículo 29
Registro De Cesión, Licencias De Uso, Cambio De Domicilio Y De Nombre Del Titular De La Marca
Decreto 575 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente la Decisión 313 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.