Micelio

Artículo 6

Decreto 182 De 1879

Decreto 76 de 1879 · Por el cual se aumentan los precios de la sal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2. ° Desde el dia en que este decreto sea conocido en las Aduanas, los Administradores cobrarán por derechos de importacion e internacion del sal marina, las siguientes cantidades: Por derecho de importacion de cada 12 1/2 kilógramos, un peso ($ 1). Por derecho de internacion de cada 12 1/2 kilógramos, un peso veinte cs ($ 1-20 cs.)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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