Micelio

Artículo 23

Quienes Practiquen La Pesca Doméstica, Deportiva Y Científica, No Podrán Comerciar Con Los Productos De La Pesca, So Pena De Incurrir En Las Sanciones Que Este Decreto Establece

Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quienes practiquen la pesca doméstica, deportiva y científica, no podrán comerciar con los productos de la pesca, so pena de incurrir en las sanciones que este Decreto establece.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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