Micelio

Artículo 4

Lineamiento T

Ley 2310 de 2023 · por medio de la cual se ordena la expedición de un lineamiento técnico para la atención integral y el cuidado de la salud mental de la mujer y la familia en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal, y se dictan otras disposiciones - “Ley brazos vacíos”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Salud, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, deberá expedir y mantener actualizado un lineamiento técnico para la atención integral en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal. Esta atención también se brindará por extensión a la familia que así lo solicite.

Este lineamiento de atención será aplicable por todos los actores del sector salud encargados de brindar dicha atención, y deberá contener como mínimo los siguientes elementos y/o parámetros:

I. Los principios y criterios establecidos en el artículo 2° de la presente ley.

II. Los principios, derechos y obligaciones contenidas en la Ley 2244 de 2022 o aquella que la modifique, sustituya o derogue, referidas a la atención del duelo por pérdida gestacional o perinatal.

III. Los derechos que tiene la mujer, persona gestante frente a la atención integral para el duelo por pérdida gestacional o perinatal.

IV. Los estándares mínimos para la atención y acompaña­miento integral por parte de los actores del sistema de salud durante todo el proceso de duelo por pérdida gesta­cional o perinatal, que se definirán conforme a la eviden­cia científica disponible y las mejores prácticas.

V. Los estándares de atención y acompañamiento en lo refe­rente a la atención psicosocial.

Parágrafo

El Gobierno nacional determinará dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, indicadores relacionados con calidad y eficiencia de la atención en salud en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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