: A partir de la fecha de ejecutoria de la resolución por la cual se imponga el cierre total, no podrá desarrollarse actividad alguna en la edificación, establecimiento o servicio. si el cierre es parcial, no podrá desarrollarse actividad alguna en la zona o sección cerrada. en uno y otro caso podrán desarrollarse las necesarias para evitar el deterioro de los equipos y conservar el inmueble.
Decreto 2105 de 1983 →Vigente
Artículo 136
: A Partir De La Fecha De Ejecutoria De La Resolución Por La Cual Se Imponga El Cierre Total, No Podrá Desarrollarse Actividad Alguna En La Edificación, Establecimiento O Servicio
Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.