En los términos definidos por la presente ley, el Gobierno nacional bajo la coordinación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, programará y realizará actos públicos de celebración del Día del Campesino, en los cuales se presentará la política pública nacional de campesinado, sus avances y proyecciones, y se harán las exaltaciones a que hubiese lugar. A ellos serán invitadas las asociaciones campesinas nacionales.
En la política pública nacional de campesinado, se propenderá por la centralización de la demanda tanto minorista y mayorista para la compra directa de los productos generados por el sector campesino.
. El Gobierno nacional junto con las entidades competentes podrán desarrollar estrategias que permitan facilitar la conectividad en internet del sector campesino, para fomentar la comercialización de la producción y mejorar las condiciones de acceso a la educación de este sector, mediante el uso de herramientas tecnológicas.