Causales para la declaratoria de incumplimiento definitivo. Conforme con lo previsto en el artículo 238 de la Ley 1819, las causales de incumplimiento definitivo son:
No depositar el monto total del valor de los impuestos a pagar mediante esta forma, en una fiducia con destino exclusivo a la ejecución de la obra objeto del proyecto, en los términos del presente título.
El incumplimiento de los términos inicialmente previstos, de las ampliaciones y/o de la aprobación de la entrega extemporánea.
La manifestación del contribuyente en la que exprese su intención de no continuar con la construcción o ejecución del proyecto.
Las demás que constituyan el incumplimiento de la obligación de ejecución y construcción de la obra.
TEXTO CORRESPONDIENTE A