Micelio

Artículo 1.2.2.2.3.1

Alcance Y Contenido Del Informe País Por País

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Alcance y contenido del Informe País por País. Los contribuyentes del impuesto a la renta y complementario que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados en el numeral 2 del artículo 260-5 del Estatuto Tributario y en el artículo 1.2.2.2.3.3. del presente Decreto, deberán presentar un Informe País por País que contendrá información relativa a la asignación global de ingresos e impuestos pagados por el grupo multinacional, junto con ciertos indicadores relativos a su actividad económica a nivel global. Para la presentación del Informe País por País se deberá tener en cuenta lo señalado en la presente Sección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1625 de 2016