Micelio

Artículo 127

La Escuela De Minas Tendrá, Después De Cada Año Escolar, Dos Meses De Vacaciones, Que Se Determinarán Por El Día En Que, Según Lo Dispuesto Por El Consejo Directivo, Le Hayan Principiado Los Tarcas Escosares

Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Escuela de Minas tendrá, después de cada año escolar, dos meses de vacaciones, que se determinarán por el día en que, según lo dispuesto por el Consejo Directivo, le hayan principiado los tarcas escosares. Con excepción de los domingos y días de fiesta, de la Semana Santa, del 20 de Julio y quince días antes ó después de esta fecha, de!| 7 de Agosto y el 12 de Octubre, habrá tareas, estudios y lecciones todos los días. Ningún empleado tiene facultad para conceder asueto á una ó mas clases ; cuando haya motivo para otorgar lo dispondrá el Consejo Directivo .

Parágrafo

El Consejo Directivo puede conceder asuetos, de medio día en adelante, los jueves ó los sábados de cada semana. capítulo xviii De los grados .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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