°. Con los fondos provenientes de la emisión de monedas de níquel a que se refieren. los Decretos 1878 de 1933 y 700 de 1934, abrense a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal da 1934 los siguientes créditos adicionales: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 17 Gastos varios. Artículo 41 bis. Para auxiliar a los damnificados por el incendio ocurrido en la población de Arauca $5.000 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 21 Gastos varios. Articulo 61 Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio ,inclusive la repatriación de colombianos pobres y para atender al pago de los medios sueldos, de conformidad con la Ley 80 de 1923 8.000 Articulo 61 A. Para dar cumplimiento al Decreto 730 de 10 de abril del corriente año que reconoció al señor Ricardo Sánchez Ramírez el valor de sus sueldos como Ministro Plenipotenciario de Colombia en Chile del 1º de noviembre de 1933 al 7 de enero de 1934, a razón de $800 mensuales 1.786 66 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 49 Gastos varios Artículo 219 bis. Para dar cumplimiento, en parte, a la Ley 14 de 1933 sobre auxilio a la Compañía Nacional de Opera 5.500 DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA CAPITULO 61 Personal y material . Artículo 280. Para sueldos del personal de la Contraloría 30.000Total de los créditos adicionales$50.280 66
Decreto 890 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Con Los Fondos Provenientes De La Emisión De Monedas De Níquel A Que Se Refieren
Decreto 890 de 1934 · Por el cual se abren algunos créditos adicionales a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1934
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.