Artículo primero. La partida asignada en el Presupuesto de la actual vigencia para gastos de funciona miento de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, distribuyese en la siguiente forma: MINISTERIO DEL TRABAJO Capitulo 502. Rama Técnica. Programa V. Reglamentación, Control y Fomento de Cooperativas . Transferencias . ARTICULO 5065 Aporte para el funcionamiento de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, según distribución que hará el Gobierno, $ 1.818.840.00. Servicios Personales Ordinal a) sueldos de personal de nomina en la presente vigencia y anterior $ 1.280.000.00 Ordinal b) Prima de Navidad 40.000.00 Ordinal c) subsidio de transporte 15.000.00 Ordinal d) Indemnización por vacaciones 3.000.00 Ordinal e) aporte a la Caja Nacional de previsión (30%) 54.565.20 Ordinal f) viáticos y gastos de transporte 100.000.00 Ordinal g) pago de arrendamiento 232.478.40 Ordinal h) servicios de comunicaciones 18.000.00 Ordinal i) servicios públicos 18.000.00 Ordinal j) Mantenimiento y aseguros 20.000.00 Ordinal k) compra de equipo 1.200.00 Ordinal l) materiales y suministros 4.800.00 Ordinal m) Impresos y publicaciones 28.159.40 Ordinal n) Gastos varios imprevistos 3.637.00 $ 1.818.840.00
Decreto 66 de 1964 →Vigente
Artículo 5065
Aporte Para El Funcionamiento De La Superintendencia Nacional De Cooperativas, Según Distribución Que Hará El Gobierno, $ 1
Decreto 66 de 1964 · Por el cual se hace la distribución de una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.