º . Dentro de las medidas que puede adoptar la Dirección General de Aduanas para prevenir el contrabando de estas mercancías, se entienden incluidas el patrullaje terrestre, la inspección de fincas y mercancías, el relevo constante de personal encargado del control y la aplicación inmediata de severas sanciones disciplinarias a sus miembros que en los retenes y patrullas móviles localizados sobre la ruta, permitan el transporte o movilización de las mercancías en contravención a lo dispuesta en el presente Decreto.
Decreto 2244 de 1984 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 2244 de 1984 · Por el cual se reglamentan las medidas para prevenir el contrabando de productos e insumos agropecuarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.