ARTICULO 2°. Régimen de trancón y aplicación. Lo dispuesto en el presente decreto aplica solamente para el proceso de ejecución de la política pública de Vivienda Rural a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda”, a partir del 1° de enero de 2020. El proceso de ejecución de la política de Vivienda Rural a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con recursos del presupuesto General de la Nación hasta la vigencia fiscal 2019, continuará con observancia de las normas contenidas en el Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, pesquero y de Desarrollo Rural y las demás que lo complementen modifiquen, adicionen o sustituyan, mientras se ejecutan sus proyectos pendientes.
El cumplimiento de las sentencias y autos proferidos dentro de los procesos de restitución de tierras donde ordenen la asignación de subsidios de vivienda rural, y que hayan sido priorizados por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural hasta el 31 de diciembre de 2019, serán competencia de dicha cartera ministerial. El Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio será competente para el cumplimiento de las sentencias y autos proferidos dentro de los procesos de restitución de tierras donde ordenen la asignación de subsidios de vivienda rural y que sean priorizadas por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas a partir del 1° de enero de 2020, de acuerdo con lo establecido en el artículo 255 de la Ley 155 de 2019.
Entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, deberá establecerse un procedimiento que permita compartir y transferir información relevante sobre el proceso de formulación de la política pública y otorgamiento de los subsidios de vivienda rural ejecutados antes del 1° de enero de 2020, con el fin de que dicha información sirva como apoyo para la información e implementación de la nueva política de vivienda rural que realizará el Ministerio de vivienda, Ciudad y Territorio y ejecutará el Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda”.