Micelio

Artículo 4

No Obstante Cualquier Otro Factor, El Instituto Nacional De Vivienda De Interés Social Y Reforma Urbana, Inurbe, Será La Entidad Competente Para Calificar, Adjudicar Y Entregar El Subsidio Familiar De Vivienda De Que Trata La Ley 3ª De 1991, A Hogares Ubicados En Zonas Consideradas Como De Riesgo, Según Estudios Verificados Directamente Por, O Corroborados Y Certificados Por La Dirección Nacional Para La Prevención Y Atención De Desastres, El Instituto Nacional De Investigaciones En Geociencias, Química Y Minería, Ingeominas, O Por El Instituto De Hidrología, Meteorología Y Adecuación De Tierras, Himat, Según Corresponda

Decreto 4 de 1993 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° No obstante cualquier otro factor, el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, será la entidad competente para calificar, adjudicar y entregar el subsidio familiar de vivienda de que trata la Ley 3ª de 1991, a hogares ubicados en zonas consideradas como de riesgo, según estudios verificados directamente por, o corroborados y certificados por la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, el Instituto Nacional de Investigaciones en Geociencias, Química y Minería, Ingeominas, o por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras, Himat, según corresponda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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