En el evento de falta absoluta del presidente, el comité asesor designará a uno de sus miembros para que se encargue de las funciones presidenciales y convoque la asamblea, dentro del plazo mínimo establecido en los estatutos para elegir un nuevo presidente que terminara el período.
Con este fin los miembros del comité asesor deberán inscribirse en el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes, o la Junta Administradora Seccional de Deportes, según corresponda. CAPITULO III DEL ORGANO DE CONTROL.