Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando por cualquier causa haya dejado de relacionarse en el inventario algún elemento del patrimonio, puede pedirse la práctica de uno adicional, antes o después de hecha la partición de los bienes primitivamente inventariados.
Si se pide antes el nuevo inventario se hace con citación común de los que son parte en el juicio; pero si se pide después de hecha la partición, ha de hacerse con sujeción a las reglas precedentes.
POSESIÓN EFECTIVA DE LA HERENCIA.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.