º. La declaración se hará por medio de tarjetas u hojas que distribuirá la Dirección Nacional de Higiene, en que se consignarán los datos que ella ordene. Estas hojas se pondrán en cubiertas cerradas y circularán libres de porto por los correos.
Decreto 580 de 1928 →Vigente
Artículo 5
La Declaración Se Hará Por Medio De Tarjetas U Hojas Que Distribuirá La Dirección Nacional De Higiene, En Que Se Consignarán Los Datos Que Ella Ordene
Decreto 580 de 1928 · Por el cual se reglamenta la declaración de las enfermedades contagiosas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.