Micelio

Artículo 6

º El Monto Emitido Y No Colocado De Tan Clase "b" Del Cupo Autorizado Por La Ley 55 De 1985, Así Como Los Montos Emitidos Y No Colocados De Títulos De Las Clases "a" Y "b", Destinados A Mantener En Circulación Los Cupos Autorizados Por El Decreto Legislativo 382 De 1983 Y La Ley 34 De 1984, Tendrán Las Características Financieras Determinadas En Este Decreto, Para Lo Cual El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección General De Crédito Público- Efectuará Los Trámites A Que Haya Lugar

Decreto 429 de 1986 · por el cual se ordena emitir Títulos de Ahorro Nacional –TAN–, se señalan sus características financieras y se determina una reducción en sus tasas de interés.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El monto emitido y no colocado de TAN Clase "B" del cupo autorizado por la Ley 55 de 1985, así como los montos emitidos y no colocados de títulos de las Clases "A" y "B", destinados a mantener en circulación los cupos autorizados por el Decreto legislativo 382 de 1983 y la Ley 34 de 1984, tendrán las características financieras determinadas en este Decreto, para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Crédito Público- efectuará los trámites a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 429 de 1986