Los actuales Consejos Intendenciales y Comisariales, en lo que resta de su período, sólo se reunirán en sesiones ordinarias a partir del diez (10) de enero de 1992, por un término de veinte (20) días, para ocuparse preferencialmente de estudiar y aprobar el presupuesto de rentas y gastos de los respectivos departamentos. Este presupuesto se expedirá, por única vez, para el período fiscal comprendido entre el primero (1º) de abril y el treinta y uno (31) de diciembre de 1992. Los Gobernadores podrán convocar a los Consejos Intendenciales y Comisariales a sesiones extraordinarias por el tiempo que consideren conveniente. En este caso, los Consejos se ocuparán exclusivamente de los asuntos que los Gobernadores sometan a su consideración.
Decreto 2274 de 1991 →Vigente
Artículo 5
Disposiciones Transitorias Sobre Sesiones Ordinarias Y Extraordinarias
Decreto 2274 de 1991 · por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.