Micelio

Artículo 1

La Suma, De $ 45,834-19, Apropiada En El Presupuesto Para La Reconstrucción De Las Iglesias Mencionadas En El Presente Decreto, Se Distribuirá Así: Para La Catedral De Cali $ 11,334 19 Para Las Iglesias De La Misma Ciudad, Así: San Francisco 18,750 San Nicolás 5,000 Pasan $ 35,084 19 Vienen $ 35,084 19 Santa Librada, La Ermita Y La Merced, A Razón De $ 2,250 Para Cada Una 6,750 Santa Rosa 1,000 Para La Iglesia Del Municipio De La Union 1,000 Para La Iglesia Del Municipio De Roldanillo 2,000 Suma $ 45,834 19

Decreto 154 de 1926 · En desarrollo de la ley 82 de 1925

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La suma, de $ 45,834-19, apropiada en el Presupuesto para la reconstrucción de las iglesias mencionadas en el presente Decreto, se distribuirá así: Para la Catedral de Cali $ 11,334 19 Para las iglesias de la misma ciudad, así: San Francisco 18,750 San Nicolás 5,000 Pasan $ 35,084 19 Vienen $ 35,084 19 Santa Librada, La Ermita y La Merced, a razón de $ 2,250 para cada una 6,750 Santa Rosa 1,000 Para la iglesia del Municipio de La Union 1,000 Para la iglesia del Municipio de Roldanillo 2,000 Suma $ 45,834 19

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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