Micelio

Artículo 1168

Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el testador no ha tenido en la cosa legada mas que una parte, cuota o derecho, se presumirá que no ha querido legar mas que esa parte, cuota o derecho.

Lo mismo se aplica a la cosa que un asignatario es obligado a dar, i en que sólo tiene una parte, cuota o derecho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 84 de 1873