° Apruébase el Acuerdo número 11 de 1993 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: “ACUERDO NUMERO 11 DE 1993 (agosto 26) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO
Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron el 22 de diciembre de 1988 un Contrato de Administración y Manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios;
Que el Comité Nacional de Cafeteros, por medio del Acuerdo número 7 de noviembre 7 de 1991, autorizó a la Federación Nacional de Cafeteros para emitir, por cuenta del Fondo Nacional del Café y con el respaldo de éste, unos Títulos de Apoyo Cafetero y señaló las características financieras de dicha emisión;
Que se hace necesario adecuar tales características a las nuevas realidades del mercado financiero colombiano;
Que en la presente sesión el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público emitió su voto expreso y favorable a dicha iniciativa, ACUERDA: Artículo 1° Los Títulos de Apoyo Cafetero que se emitan a partir del día veintisiete (27) de agosto de mil novecientos noventa y tres (1993), devengarán intereses nominales del 20% anual, pagaderos por semestres vencidos. Artículo 2° Continúan vigentes las demás características y condiciones establecidas para dichos títulos en el Acuerdo número 7 de noviembre 7 de 1991, de este Comité. Artículo 3° Facúltase al Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros para realizar todos los actos jurídicos que sean necesarios para la emisión y el manejo de los títulos de que trata este Acuerdo. Artículo 4° Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público. Aprobado en Santafé de Bogotá, D. C., a los veintiséis (26) días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres (1993). El Presidente, (Fdo.) Adolfo Forero Joves El Secretario, (Fdo.) Hernando Galindo Mayne” .