Artículo secundo. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decretó se imputarán al Capítulo 283, artículo 2860 del Presupuesto Nacional Gastos para la vigencia fiscal en curso Comuníquese y cúmplase.
Decreto 541 de 1956 →Vigente
Artículo 2860
Del Presupuesto Nacional Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso Comuníquese Y Cúmplase
Decreto 541 de 1956 · Por el cual se distribuye la partida global apropiada para gastos de sostenimiento, compra de drogas, seguros, fletes, etc., de los organismos de salubridad y campañas sanitarias atendidos directamente por el Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.