° Abrense al Presupuesto de gastos para el año económico en curso, los siguientes créditos ejecutivos estraordinarios: servicio de 1875 a 1876 Capítulo 4.° Guardia colombiana. (Material), Artículo 3.° Trasportes, bagajes, equipajes i empaques, veinte.mil pesos $ 20.000 Artículo 6.° Para vestuario, equipó i menaje, veinticinco mil pesos 25.000 Artículo 7.° Locales para cuarteles, siete mil |pesos 7.000 Total de créditos para el capítulo 4.° $ 52.000 Capítulo 5.° Hospitales militares, Artículo 1.° Para sueldos de los empleados i gastos de los Hospitales establecidos i que se establezcan, seis mil pesos $ 6.000 Capítulo 7.° Gastos varios. Artículo 1.° Para gastos imprevistos del Departamento, diez mil pesos $ 10.000
Decreto 779 de 1876 →Vigente
Artículo 1
Abrense Al Presupuesto De Gastos Para El Año Económico En Curso, Los Siguientes Créditos Ejecutivos Estraordinarios: Servicio De 1875 A 1876 Capítulo 4
Decreto 779 de 1876 · Por el cual se abren varios créditos ejecutivos estraordinarios al presupuesto de gastos para el año económico de 1875 a 1876 en del Departamento de Guerra i Marina
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.