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Artículo 36

Son Funciones De La Sub-Gerencia De Producción: A) Establecer, Ajustar Y Controlar Los Planes Y Programas De Producción De La Industria

Decreto 441 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 083 de 1987 (enero 16), dictado por la Junta Directiva de la Industria Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sub-Gerencia de Producción

a)

Establecer, ajustar y controlar los planes y programas de producción de la Industria.

b)

Proponer políticas, objetivos y estrategias de desarrollo tecnológico y de ejecución fabril.

c)

Dirigir, coordinar y evaluar los programas de desarrollo tecnológico en las fábricas, relacionados con el diseño de nuevos productos, procesos y sustitución de materias primas y materiales.

d)

Coordinar los estudios de factibilidad técnica y recomendar la ampliación, renovación o sustitución de plantas industriales, maquinaria, equipo, materias primas y materiales y presentar las necesidades de inversión que de allí se deriven.

e)

Dirigir y controlar la ejecución de proyectos específicos, bien sea en las fábricas o fuera de éstas.

f)

Establecer sistemas de control de calidad y verificación de las especificaciones de productos y dirigir los programas que en tal sentido adopte la Empresa.

g)

Rendir informes a la Gerencia General sobre el desarrollo de las actividades a su cargo.

h)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. De la División de Desarrollo Tecnológico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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