Micelio

Artículo 3

Funciones De La Comisión

Decreto 2055 de 2009 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, CISAN.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Comisión. La Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional -CISAN- tendrá a su cargo el cumplimiento de las siguientes funciones

1.

Coordinar la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y servir como instancia de concertación entre los diferentes agentes de la misma.

2.

Coordinar la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional - PLAN SAN.

3.

Concertar el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional sobre la base de las líneas de políticas establecidas en el Documento Conpes 113 de 2008, o el documento que lo reemplace, con los sectores de la sociedad civil organizada que tengan relación con el tema.

4.

Articular el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional -PLAN SAN-con las diferentes políticas que se desarrollen en el país, particularmente las relacionadas con los temas de biocombustibles, medidas sanitarias y fitosanitarias y comerciales.

5.

Promover el desarrollo y la implementación del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional -PLAN SAN- con las entidades territoriales.

6.

Coordinar el proceso de inclusión de nuevos programas y proyectos que se requieran en la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

7.

Promover mecanismos de cooperación entre entidades nacionales e internacionales en materias relacionadas con la seguridad alimentaria y nutricional.

8.

Apoyar el mejoramiento de las capacidades institucionales para la seguridad alimentaria y nutricional en los niveles territoriales y en los ámbitos público y privado.

9.

Proponer los mecanismos e instrumentos de seguimiento, evaluación e intercambio de experiencias sobre seguridad alimentaria y nutricional, que propicien la unificación de criterios de medición y la estandarización de indicadores en los ámbitos local, regional y nacional.

10.

Promover el intercambio de experiencias sobre el tema, a nivel territorial y nacional y en el marco de los acuerdos vigentes o que se den con otros países o regiones del hemisferio.

11.

Promover la creación del Observatorio de Seguridad Alimentaria y Nutricional - OBSAN.

12.

Propiciar la conformación de instancias de seguimiento y control de los proyectos por parte de las comunidades directamente involucradas, así como de rendición de cuentas por parte de las entidades responsables en los diferentes ámbitos de la seguridad alimentaria y nutricional.

13.

Aprobar el plan de trabajo de la Secretaría Técnica.

14.

Expedir su propio reglamento.

15.

Las demás funciones que sean propias de la naturaleza de coordinación y orientación de su actividad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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