Micelio

Artículo 55

Traslado Para Alegar

Ley 1828 de 2017 · por medio de la cual se expide el Código de Ética y Disciplinario del Congresista y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Agotado el término probatorio es­tablecido en el artículo 53, o cuando haya lugar a la variación del pliego de cargos establecido en el artículo 54, el Instructor Ponente ordenará que el expediente permanezca en la Secretaría General de la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista, a disposición del investigado o su apoderado en traslado por el término de cinco (5) días, para que presen­ten los alegatos de conclusión previa a la ponencia final. Fenecido este por igual lapso, se correrá traslado al Ministerio Público, para que emita concepto de considerarlo pertinente.

Trámite ante la Comisión

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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