Créanse Los Cargos De Asistentes De Los Agregados Comerciales Con Sede Según Se Indica En El Artículo 4° De Este Decreto
Decreto 1246 de 1970 · Por el cual se modifica el Decreto número 1215 de 1967, y se crean los cargos de Asistentes de los Agregados Comerciales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Créanse los cargos de Asistentes de los Agregados Comerciales con sede según se indica en el artículo 4° de este Decreto. Los asistentes actuarán bajo las órdenes directas del respectivo Agregado Comercial, tendrán las funciones que éstos les asignen y se clasificarán en la categoría 3 EX según el Decreto número 6365 del 20 de enero de 1967.
Parágrafo
Para el nombramiento y remoción de les Asistentes de los Agregados Comerciales se seguirá el mismo procedimiento establecido para éstos en las normas vigentes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.