Micelio

Artículo 1

La Partida De Seis Mil Pesos Apropiada En El Presupuesto Nacional De Gastos De La Actual Vigencia Con Imputación Al Capítulo 5°, Artículo 10, Para Material De Los Tribunales De Lo Contencioso Administrativo, Se Distribuye Así: Para El Tribunal De Bucaramanga

Decreto 675 de 1925 · Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional de gastos para material de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° La partida de seis mil pesos apropiada en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia con imputación al capítulo 5°, artículo 10, para material de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, se distribuye así: Para el Tribunal de Bucaramanga. $ 500 Para el Tribunal de Cartagena 1,320 Para el Tribunal de Ibagué 440 Para el Tribunal de Manizales 1,220 Para el Tribunal de Medellín 1,280 Para el Tribunal de Pasto 440 Para el Tribunal de Popayán 500 Para el Tribunal de Tunja 300 Suma $ 6,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 675 de 1925