Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República. Aprobada en Bogotá, D. F. a los veintidós (22) días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos (1982). El Presidente, (Fdo) Otto Morales Benítez. El Secretario, (Fdo) José Fernando Jaramillo H.".
Decreto 3847 de 1982 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3847 de 1982 · Por medio de los cuales se aprueban unos Acuerdos del Comité Nacional de Cafeteros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.