De las resoluciones que tanto el Gobernador como el Ministro de Gobierno dicten, esto es, de primera y segunda instancia, se enviarán copias destinadas a la Cartilla Biográfica del solicitante, al solicitante, a la autoridad ante la cual debe presentarse periódicamente el libertado condicional, y a los funcionarios que intervinieron en el sumario y en la causa hasta la sentencia definitiva; resoluciones que, además, serán publicadas en el Boletín Penitenciario, órgano de la Dirección General de Prisiones.
Artículo 13
De Las Resoluciones Que Tanto El Gobernador Como El Ministro De Gobierno Dicten, Esto Es, De Primera Y Segunda Instancia, Se Enviarán Copias Destinadas A La Cartilla Biográfica Del Solicitante, Al Solicitante, A La Autoridad Ante La Cual Debe Presentarse Periódicamente El Libertado Condicional, Y A Los Funcionarios Que Intervinieron En El Sumario Y En La Causa Hasta La Sentencia Definitiva; Resoluciones Que, Además, Serán Publicadas En El Boletín Penitenciario, Órgano De La Dirección General De Prisiones
Decreto 860 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 30 de 12 de febrero de 1936
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.