La sentencia es apelable en el efecto suspensivo por cualquiera de las partes, pero si el demandante fue favorecido por ella, puede obtener que la apelación se conceda en el efecto devolutivo mediante el otorgamiento de una caución para responder por los perjuicios que sufra el demandado con la ejecución del fallo, si éste llega a ser revocado.
Esta caución debe ofrecerse al día siguiente de la interposición del recurso y prestarse dentro del término prudencial que señale el Juez.