º La Orden de la "Estrella de la Policía" se otorgará siempre por decreto del Gobierno, con la firma del Ministro del ramo y previa intervención del Consejo de la Orden. Estos decretos se publicarán en el Diario Oficial y en la Revista de la Policía Nacional.
Decreto 2358 de 1953 →Vigente
Artículo 6
La Orden De La "estrella De La Policía" Se Otorgará Siempre Por Decreto Del Gobierno, Con La Firma Del Ministro Del Ramo Y Previa Intervención Del Consejo De La Orden
Decreto 2358 de 1953 · Por el cual se sustituyen los Decretos números 2780 y 2974 de 1952, relacionados con la Orden de la Estrella de la Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.