º . Pérdida de la clasificación de primera categoría. El Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante resolución motivada, revocará de oficio, a solicitud de parte o a petición del Ministerio Público, la resolución de clasificación de primera categoría, cuando el centro categorizado pierda cualquiera de los requisitos contemplados en el presente decreto.
Decreto 1908 de 2000 →Vigente
Artículo 5
Decreto 1908 de 2000 · por el cual se expide el reglamento para categorizar los centros de conciliación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.