Artículo tercero. Los certificados de depósito y los bonos de prenda que se expidan sobre los productos agrícolas y sus derivados solo podrán ser negociados y descontados por entidades de crédito sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, o por personas que hayan sido autorizadas por el Ministerio de Agricultura, para depositar tales productos en los almacenes generales.
Decreto 1226 de 1973 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1226 de 1973 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 3092 de 1966, adoptado como legislación permanente por la Ley 48 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.