Faltas. No se harán acreedores a la distinción o perderán el derecho a ella quienes incurrieren en las siguientes faltas:
Prestar servicios que vayan en contra de Colombia;
Haber sido condenado a pena privativa de la libertad;
Haber recibido dictamen reprobatorio de actos públicos deshonrosos o infamantes que hagan al individuo indigno de pertenecer a la Orden;
Haber perdido los derechos ciudadanos;
Por usar una insignia de la Orden en grado superior al que se haya conferido;
Por cancelación de la matricula profesional, decretada por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería.
TEXTO CORRESPONDIENTE A