Llamamiento Reserva de Oficiales. El Gobierno podrá llamar las Reservas de Oficiales de las Fuerzas Militares, en cualquier época que lo estime conveniente. El personal de Reserva de Oficiales de .las Fuerzas Militares está obligado en virtud de la convocatoria del Gobierno, a presentarse ante la autoridad correspondiente el día y hora señalados por el Decreto de Movilización o el de Llamamiento Especial al Servicio. El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado conforme a lo previsto en el Código de Justicia Penal Militar. Estos Oficiales podrán ser retirados nuevamente a juicio de quien efectuó el llamamiento al servicio, aunque no hayan cumplido quince (15) años de servicio
Decreto 2337 de 1971 →Vigente
Artículo 152
Llamamiento Reserva De Oficiales
Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.