°. Adiciónese los numerales 8, 9 y 10 al artículo 2.14.13.2 del Título 13 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, así: 8. Proteger y conservar los recursos naturales renovables y del ambiente, en armonía con el ordenamiento ambiental, social y productivo. 9. Contribuir a la protección de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos, mediante el impulso y adopción de prácticas alternativas de producción agroecológica, la conservación, preservación, restauración y el manejo sostenible de las reservas forestales de la Ley número 2 de 1959 y los recursos naturales; en armonía con la estabilidad de las comunidades campesinas. 10. Fortalecer la gobernanza territorial y ambiental de las comunidades campesinas del país para fomentar un ordenamiento del territorio alrededor del agua, contemplando acciones de reconversión productiva de actividades agropecuarias, permitiendo la continuidad y apropiación de prácticas orientadas a la restauración, conservación y el tránsito a actividades sostenibles.
Decreto 1147 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Adiciónese Los Numerales 8, 9 Y 10 Al Artículo 2
Decreto 1147 de 2024 · por el cual se modifica y adiciona el Título 13 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con las Zonas de Reserva Campesina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.