Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1734 de 1964 · por el cual se dictan unas disposiciones en materia cambiaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las exportaciones de muestras de productos nacionales, en cantidades no comerciales, serán libres y no estarán sujetas a la formalidad del registro.

Parágrafo

La Dirección General de Aduanas vigilará el recto ejercicio de la facultad consagrada en favor de los exportadores en el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1734 de 1964