Micelio

Artículo 4

Ley 1814 de 2016 · por medio de la cual se adiciona y renueva la estampilla Prodesarrollo Universidad Surcolombiana contenida en la Ley 367 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 7° de la Ley 367 de 1997 , el cual quedará así:

Artículo 7°. Autorízase al departamento del Huila para recaudar los valores producidos por el uso de la estampilla que aquí se autoriza; para manejarlos en cuentas presupuestales de destinación específica dirigidas a la inversión establecida en el artículo segundo de la presente ley, en el mismo departamento en que se originaron, con destino a la Universidad Surcolombiana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1814 de 2016