El que sin justa causa mate animales ajenos o de cualquier manera los maltrate, dejándolos inútiles para el servicio, será castigado si el dueño se quejare, con prisión por ocho días a dos meses, y multa de diez a cincuenta pesos.
No incurre en pena el que ejecute el hecho con volátiles o perros ajenos en el momento en que causan daño en su predio.