Micelio

Artículo 7

El Consejo Se Reunirá Ordinariamente Por Lo Menos Una Vez Al Mes Y Extraordinariamente Cuando Las Necesidades Lo Exijan

Decreto 2496 de 1983 · por el cual se dictan disposiciones para el funcionamiento del Programa de Integración de Servicios y Participación Comunitaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Consejo se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuando las necesidades lo exijan. El Consejo será convocado por su Presidente. De las sesiones se llevará un libro de actas suscritas por el Presidente y por el Secretario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2496 de 1983