Del Mando. El Presidente de la República, de acuerdo con el precepto constitucional, es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, atribución que puede ejercer directamente o por conducto del Ministro de Defensa Nacional. El mando en las Fuerzas Militares se ejerce directamente por el Presidente de la República, o por conducto del Ministro de Defensa, a través del Comandante General de las Fuerzas Militares, quien, a su vez, lo ejerce sobre las Fuerzas.
Decreto 2335 de 1972 →Vigente
Artículo 10
Del Mando
Decreto 2335 de 1972 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.