Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto y mientras subsista el estado de sitio, la Justicia Penal Militar, además de los delitos establecidos en el Código de la materia, conocerá de los siguientes definidos y sancionados en la ley penal común; Delitos contra la existencia y la seguridad del Estado: Delitos contra el régimen constitucional y contra la seguridad interior del Estado; De la asociación para delinquir; Del incendio y otros delitos que envuelven un peligro común; Del secuestro; De la extorsión. Conocerá igualmente de cualquier otro delito cometido en conexidad con los anteriores, y de las conductas antisociales a que se refieren los artículos 20, 30. 31 y 33 del Decreto-ley número 1699 de 1964.
Decreto 1290 de 1965 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1290 de 1965 · Por el cual se autoriza la convocatoria de Consejos de Guerra Verbales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.